El teletrabajo en la declaración de la renta
Antes de la pandemia un asesor fiscal apenas recibía consultas sobre los gastos deducibles en la declaración de la renta por el teletrabajo. Había pocos trabajadores que podían “disfrutar” de esa modalidad.
Sin embargo, desde marzo de 2020 teletrabajar es una práctica habitual para un porcentaje importante de la población. Numerosos empleados y autónomos han trasladado su puesto de trabajo desde la oficina a su hogar. Ahora son numerosas las consultas fiscales sobre qué gastos pueden suponer un ahorro tributario.
El teletrabajo supone un cambio en la relación entre ingresos y gastos. Esta realidad en la mayoría de los casos no se contempla por parte de la Agencia Tributaria, en el momento de realizar la declaración de la renta. En esta ocasión como en otras, la Hacienda Pública no se ha adaptado a la realidad social que vivimos.
Ventajas y desventajas del teletrabajo

Entre las ventajas del trabajo desde casa, se encuentra que el empleado evita los desplazamientos hasta el lugar de trabajo. Eso se traduce en un beneficio en tiempo y seguridad, a la vez que genera un ahorro económico evidente. Este aspecto se suma a poder conciliar mejor el trabajo con la vida familiar, lo que permite organizar de una forma más eficiente el tiempo de trabajo.
Pero el trabajo desde el domicilio también tiene desventajas. Unas son de tipo inmaterial, como la ausencia de un ambiente laboral, lo que empeora el aislamiento. También dificulta la interacción con otros compañeros y reduce el aprendizaje.
Mayores gastos sin ahorro fiscal
A esos inconvenientes se les añade unos mayores gastos. También alguna reducción de ingresos o compensaciones que antes se recibían sin que fuesen rentas a incluir en la declaración de la renta.
Se observa un incremento en consumo de calefacción y de energía eléctrica en el hogar. Así mismo, en bastantes casos es necesario contratar servicios de internet adicionales. También hay un mayor coste por mejoras en seguridad digital y tarifas con mayor ancho de banda o de consumo de datos en equipos móviles. Eso sin contar con el desgaste de los ordenadores personales y otros dispositivos necesarios, en los casos en que no fueron proporcionados por la empresa.

Pues bien, actualmente los gastos enumerados en el párrafo anterior no son deducibles en el impuesto sobre la renta. Es decir, no es posible restarlos a los ingresos por trabajo en nuestra declaración de la renta para pagar menos impuestos.
Por poner un ejemplo que permita comprobar cómo afectarán en la declaración de la renta algún cambios motivado por el teletrabajo, podemos citar la compensación por comida que incluían muchas empresas en los salarios.
Sin comidas en la declaración de la renta
Actualmente, la ayuda de comida que ofrecen las empresas a sus empleados se compone de una parte exenta en el impuesto sobre la renta, con el límite 11 euros diarios. Solamente estaría sujeta al impuesto de la renta la cantidad que exceda esos once euros. Normalmente las empresas no dan más de 11 euros diarios de ayuda, lo que supone entorno a los 2.500 euros anuales, una vez descontado el mes de vacaciones.
Si eres uno de esos empleados que antes recibía 2.500 euros anuales libres de impuestos para comer y ahora recibe 0 euros, parece claro que ahora este gasto correrá por tu cuenta y es un gasto que no tendrá compensación y tampoco podrás deducirlo en la declaración de la renta.
El espacio de trabajo no desgrava

Otro ejemplo claro se produce con el lugar de trabajo dentro de la vivienda. En teoría, el espacio utilizado para trabajar podría ser deducible a nivel de gastos como energía, agua o teléfono, en proporción a los metros cuadrados utilizados para realizar el trabajo sobre el total de la vivienda.
Sin embargo, La actual Ley del IRPF solo permite desgravar estos gastos si contamos con una habitación que pueda ser utilizada únicamente para trabajar en ella. No permite que trabajemos en la mesa de la cocina y esa estancia sea la parte de la vivienda sobre la que nos podamos deducir los gastos correspondientes.
El impuesto de la renta no se adapta
Muchas de las consecuencias económicas del teletrabajo, tanto a favor como en contra, son difíciles de cuantificar, pero algunos aspectos si se pueden valorar de forma objetiva y deberían recogerse en las normas del impuesto sobre la renta. Pero ignoramos si se regulará en el futuro, ni cuándo y menos aún con qué alcance o detalle.
El asesoramiento fiscal es importante
Debemos evitar tomar decisiones por nuestra cuenta, en cuanto a qué gastos se pueden deducir en la declaración de la renta, por mucho que la lógica pueda animar a hacerlo, porque hacienda te cobrará aquellos errores que cometas.
Solicita asesoramiento fiscal si tienes dudas, antes de tener que lamentar las consecuencias de una interpretación equivocada. Realiza una consultoría fiscal para maximizar al máximo el ahorro fiscal en tu declaración de la renta, te recomendamos contar con un asesor fiscal de garantías.
Consulta toda la información sobre rentas exentas y gastos deducibles en el impuesto sobre la renta, o escríbenos y te responderemos
Equipo Merisa Patrimonios
Alberto
03/04/2021 @ 09:15
Hay que legislar cuanto antes esta situación de presente y futuro.